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DGII exige Comprobantes Electrónicos (e-CF) exclusivos para Grandes y Medianos Contribuyentes: Todo lo que debes saber

La DGII establece nuevos plazos para la facturación electrónica. Conoce las fechas para Grandes Locales, Medianos, Pequeños, Micros y No Clasificados.

27 de agosto de 2026Rodolfo López2 min de lectura
DGII exige Comprobantes Electrónicos (e-CF) exclusivos para Grandes y Medianos Contribuyentes: Todo lo que debes saber

La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ha emitido un nuevo aviso oficial este 26 de agosto de 2026 que marca un paso importante en el proceso de modernización tributaria de la República Dominicana. El mensaje es claro: la transición hacia la facturación electrónica continúa avanzando.

A partir del 1 de noviembre de 2026, todos los contribuyentes clasificados como Grandes Locales y Medianos deberán documentar sus operaciones ordinarias exclusivamente mediante Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF).

Esta medida forma parte del calendario progresivo establecido por la Ley 32-23 de Facturación Electrónica, orientada a automatizar los procesos, reducir la evasión fiscal y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de las empresas dominicanas.

El fin de las secuencias tipo "B" para operaciones ordinarias

Si tu empresa se encuentra dentro de las categorías de Grandes Locales o Medianos, debes prestar especial atención a las siguientes fechas:

  • 31 de octubre de 2026: Será el último día en que las secuencias de comprobantes fiscales tradicionales tipo "B" podrán utilizarse para las operaciones ordinarias alcanzadas por esta disposición. Es recomendable validar que los sistemas de facturación dejen de seleccionarlas automáticamente después de esta fecha.

  • 1 de noviembre de 2026: Inicia la emisión exclusiva mediante Comprobantes Fiscales Electrónicos (e-CF), identificados con secuencias tipo "E".

¿Qué pasa si el sistema falla? Casos de contingencia

Una de las dudas que puede surgir es qué ocurrirá con los comprobantes físicos tipo "B" que todavía conserva una empresa. Después del 31 de octubre, su utilización estará limitada a los casos de contingencia contemplados por la normativa.

Para utilizar estos comprobantes bajo una situación de contingencia, el contribuyente deberá cumplir con las condiciones y procedimientos establecidos en el capítulo IX del Reglamento núm. 587-24.

¿Qué pasa con los Pequeños, Micros y No Clasificados?

Es importante no confundir los plazos. El aviso reciente aplica a los contribuyentes clasificados como Grandes Locales y Medianos.

Los contribuyentes clasificados como Pequeños, Micros y No Clasificados cuentan con la prórroga administrativa establecida mediante el Aviso 06-26, cuyo plazo vence el 15 de noviembre de 2026 para completar su implementación de facturación electrónica.

La recomendación para los contribuyentes alcanzados por estos plazos es revisar desde ahora sus procesos de facturación, validar que sus sistemas estén preparados para emitir e-CF y completar las pruebas necesarias antes de la fecha correspondiente.

La facturación electrónica ya forma parte de Apunte, permitiendo emitir e-CF directamente desde el proceso habitual de venta. Apunte se encuentra autorizado por la DGII para ofrecer servicios de facturación electrónica.

Conoce más sobre la facturación electrónica en Apunte.

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